Sección:VIProductos de las industrias químicas o de las industrias conexas
Capítulo:29Productos químicos orgánicos
Partida:2933Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de nitrógeno exclusivamente.
- Los demás:
SubPartida:293399-- Los demás.
Fracción: 29339999Los demás.
Frontera
.
Resto del Territorio
Franja
Region
.
UM: Kg
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Importación
Ex.
16 % *
16%*
Exportación
Ex.
0%
0%
.
.

OPINIÓN DEL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA (CCA-CAAAREM)


RESTRICCIONES:
A la Importación:
A PARTIR DEL 15 DE JUNIO DE 2018, SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida : LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN (Art. 9 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Esta mercancía NO podrá ser objeto del régimen de depósito fiscal (RGCE 4.5.9.) y es causal de suspensión en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos (RGCE 1.3.3. XXVI)

A PARTIR DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2017, SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida : LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Autorización sanitaria previa de la COFEPRIS (Únicamente para el diagnóstico, tratamiento, prevención o rehabilitación de enfermedades en humanos, cuando se destinen a los regímenes aduaneros de importación definitiva, temporal o depósito fiscal, excepto los siguientes productos, sus sales y derivados: 1-(Triciclohexil estanil)-1H-1,2,4-triazol. (AZOCICLOTIN); O,O dietilfosforotioato de O (5-cloro-1-isopropil-1H-1,2,4-triazol-3-ilo) (ISAZOFOS); Alfa-butil -alfa-(4-clorofenil)-1H-1,2,4-triazol-1- propanonitrilo (MICLOBUTANIL); Etil-2-(4-(6-cloro –2-quinoxalinil oxil)fenoxi)propionato (QUIZALOFOP-ETIL); Alfa (2(4-Clorofenil) etil) alfa-1,1-dimetil) etil) 1H-1,2,4-triazol-etanol (TEBUCONAZOL); Beta-((1,1'difenil)-4-iloxi)-alfa-(1,1-dimetiletil)-1H-1,2,4-triazol-1-etanol (BITERTANOL); Proheptacina; Roliciclidina; p-(5-amino-3-fenil-1H,1,2,4-triazol-il)-N,N,N`,N`-tetrametilfosfonodiamida (TRIAMIFOS); Sales de Etriptamina. La autorización se presenta en términos del Art. 6del Acuerdo) ;

Autorización sanitaria previa de la COFEPRIS (Unicamente los siguientes productos, sus sales y derivados: Proheptacina; Roliciclidina; sales de Etriptamina, para uso humano o en la industria farmacéutica. La autorización se presenta en términos del Art. 6del Acuerdo) ;

Certificado Zoosanitario del SENASICA (A partir del 3 de septiembre de 2012, únicamente cuando se importe para uso en animales los siguientes productos: los siguientes productos y sus sales: Acido carboxílico del 9-flúor-6,7 dehidro-5-metil-1-oxo-1H, 5H benzo [II] quinolizin 2 (Flumequina); 6-amino 7-hidroxi 4,5,6,7-tetrahidroimidazol /4,5,1-j-k/ /1/ benzazepin-2 (1H)-ona (Clorhidrato de zilpaterol). El Certificado se expide en términos del Punto Sexto del Acuerdo) ;

Permiso de la SEDENA (Unicamente octógeno (Tetranitro tetrazocina) y sus mezclas. El permiso se expide y anexa al pedimento en términos de los artículos 5 y 6 del Decreto) ;

CICOPLAFEST: Permiso de la COFEPRIS y Autorización de la SEMARNAT (Únicamente: etil-2-(4-(6-cloro-2-quinoxalinil oxil)fenoxi)propionato (QUIZALOFOP-ETIL) (CAS 76578-14-8, 100646-51-3); (2RS,3RS;2RS,3SR)-2-(4-clorofenil)-3-ciclopropil-1-(H-1,2,4-triazol-1-il)butano-2-ol (CIPROCONAZOL) (CAS 94361-06-5); alfa-(2(4-clorofenil)etil) alfa-1,1-dimetil)etil) 1H-1,2,4-triazol-etanol (TEBUCONAZOL) (CAS 107534-96-3); alfa-butil-alfa-(4-clorofenil)-1H-1,2,4-triazol-1-propanonitrilo (MICLOBUTANIL) (CAS 88671-89-0); beta-((1,1'-difenil)-4-iloxi)-alfa-(1,1-dimetiletil)-1H-1,2,4-triazol-1-etanol (BITERTANOL) (CAS 55179-31-2); O,O-dietilfosforotioato de O- (5-cloro-1-isopropil-1H-1,2,4-triazol-3-ilo) (ISAZOFOS) (CAS 42509-80-8); p-(5-amino-3-fenil-1H,1,2,4-triazol-il)-N,N,N`,N`-tetrametilfosfonodiamida (TRIAMIFOS) (CAS 1031-47-61); 1-(Triciclohexil estanil)-1H-1,2,4-triazol (AZOCICLOTIN). La expedición de la autorización se tramita en términos del Punto Sexto del Acuerdo

A la Exportación:


A PARTIR DEL 15 DE JUNIO DE 2018, SE RESTRINGE LA EXPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA, que tenga como destino : LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN (Art. 9del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican").

A PARTIR DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2017, SE RESTRINGE LA EXPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA, que tenga como destino : LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican").

Autorización sanitaria previa de la COFEPRIS (Únicamente los siguientes productos, sus sales y derivados: Proheptacina; Roliciclidina; sales de Etriptamina, cuando se destinen a los regímenes aduaneros de exportación definitiva o temporal. La autorización se presenta en términos del Art. 6del Acuerdo) ; Permiso de la SEDENA (Unicamente octógeno (Tetranitro tetrazocina) y sus mezclas. El permiso se expide y anexa al pedimento en términos de los artículos 5 y 6 del Decreto)



ANEXOS:
Anexo 10 Apartado A numeral 1: Sólo se deberá inscribir en el Padrón de Importadores Sectorial, cuando esta mercancía se encuentre referida en el “Acuerdo que establece la clasificación y codificación de las mercancías cuya importación o exportación están sujetas a regulación por parte de la SEDENA”, considerando la “Descripción”, “Excepciones”, “Notas” y “Únicamente”, que el propio acuerdo indique, y que para tal efecto, se requiera obtener y presentar el permiso respectivo de la SEDENA, ante la Aduana, para despacharla. (Clave identificador NS) (Circular T-15/09)

Anexo 17 IV: No procede el traslado de til-2-(4-(6-cloro-2-quinoxalinil oxil)fenoxi)propionato (QUIZALOFOP-ETIL) (CAS 76578-14-8, 100646-51-3); (2RS,3RS;2RS,3SR)-2-(4-clorofenil)-3-ciclopropil-1-(H-1,2,4-triazol-1-il)butano-2-ol (CIPROCONAZOL) (CAS 94361-06-5); alfa-(2(4-clorofenil)etil) alfa-1,1-dimetil)etil) 1H-1,2,4-triazol-etanol (TEBUCONAZOL) (CAS 107534-96-3); alfa-butil-alfa-(4-clorofenil)-1H-1,2,4-triazol-1-propanonitrilo (MICLOBUTANIL) (CAS 88671-89-0); beta-((1,1'-difenil)-4-iloxi)-alfa-(1,1-dimetiletil)-1H-1,2,4-triazol-1-etanol (BITERTANOL) (CAS 55179-31-2); O,O-dietilfosforotioato de O- (5-cloro-1-isopropil-1H-1,2,4-triazol-3-ilo) (ISAZOFOS) (CAS 42509-80-8); p-(5-amino-3-fenil-1H,1,2,4-triazol-il)-N,N,N`,N`-tetrametilfosfonodiamida (TRIAMIFOS) (CAS 1031-47-61); 1-(Triciclohexil estanil)-1H-1,2,4-triazol (AZOCICLOTIN), en tránsito internacional por territorio nacional (RGCE 4.6.21.), sin embargo, el propio Anexo sí lo permite, siempre que los interesados cuenten con la autorización correspondiente para su movilización, expedida por la autoridad competente. También procederá cuando su traslado se realice en remolques, semirremolques o contenedores transportados por ferrocarril, ya sea de doble o de estiba sencilla, siempre que se cumpla con lo dispuesto en la RGCE 4.6.19..

* Anexo 27: Únicamente las destinadas para usarse como fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, funguicidas y abonos, en la agricultura o ganadería y si se trata de preparaciones farmacéuticas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas, antígenos y vacunas, su importación no está sujeta al pago del IVA (RGCE 5.2.3.). Los productos distintos a los anteriores que para clasificarse como medicina de patente requieran mezclarse con otras sustancias o productos o sujetarse a un proceso industrial de transformación, como serían las sustancias químicas, deberán gravarse con la tasa general del IVA. (Obligaciones para efectos de la exención del IVA, Boletin P022 en Circular G-79/15).


CUPOS:
Para Importar de:
Argentina: Del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2009, fosfato de 2,2 diclorovinilo y dimetilo (diclorvós) grado técnico; Butirato grado técnico; y EPTC (S-etil dipropiltiocarbamato) grado técnico. Paraquat grado técnico y Hexahidro-1-H-azepina-1-carbotioato des-etilo (Molinate) grado técnico, con la preferencia arancelaria establecida en los Arts. primero y tercero del Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al ACE No. 6. A partir del 1 de enero de 2010, esta mercancía quedará libre de cupo y arancel (Art. Quinto Transitorio Acuerdo DOF 23/VII/2007)
Para Exportar a:


OBSERVACIONES:
Generales:

En Importación:
Nota IEPS: La importación de esta mercancía está sujeta al pago del IEPS si es utilizada como pesticida y tiene la categoría de peligro de toxicidad aguda señalada en el Art. 2fracc. I inciso I (Circular T-073/17).


En Exportación:


ARANCEL HISTORICO:
En Importación:

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
T-MEC
E.U.A Tarifa 2007 Vigente
Canadá Tarifa 2007 Vigente
Com. EuropeaTarifa 2007 Vigente
IsraelTarifa 2007 Vigente
UruguayTarifa 2007 Vigente
JapónTarifa 2007 Vigente
Ex.
EX.
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
IslandiaTarifa 2007 Vigente
NoruegaTarifa 2007 Vigente
SuizaTarifa 2007 Vigente
LiechtensteinTarifa 2007 Vigente
BoliviaTarifa 2007 Vigente
PanamáTarifa 2007 Vigente
Ex.
Ex.
Ex.
Ex. Art. 3 TLC
Ex.
Ex.
Costa RicaTarifa 2007 Vigente
El SalvadorTarifa 2007 Vigente
GuatemalaTarifa 2007 Vigente
HondurasTarifa 2007 Vigente
NicaraguaTarifa 2007 Vigente
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
ColombiaTarifa 2007 Vigente
ChileTarifa 2007 Vigente
PerúTarifa 2007 Vigente
Ex.
Ex.
Ex.
Con Alianza del PacificoTarifa 2007 Vigente
Comunidad Europa Tarifa 2007 Vigente
Colombia
Chile
Perú
República de San Marino
Principado de Andorra
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
Integral y Progresista de Asociación Transpacifíco Tarifa 2007 Vigente Tarifa 2007 Vigente
Australia
Canadá
Japón
Nueva Zelanda
Singapur
Vietnam
Ex.

Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI)
Acuerdo Regional
No.2
(Ecuador)

Acuerdo Regional
No.3
(Paraguay)

Acuerdo Regional
No.4
(Paraguay, Ecuador, Cuba,
Panamá, Argentina
y Brasil)

Acuerdo Regional
No.7
(Argentina, Brasil, Colombia,
Perú, Uruguay, Paraguay,
Cuba, Ecuador, Chile, Bolivia y Panamá)

Acuerdo Parcial
No. 29
(Ecuador)

Acuerdo Parcial
No. 38
(Paraguay)

ACE No. 6
(Argentina)

ACE No. 51
(Cuba)

ACE No. 53
(Brasil)

ACE No. 54
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 55
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 61
(Colombia y Venezuela)

ACE No. 66
(Bolivia)
A partir del 7/junio/2010
Ex.

PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL

(PUBLICACIÓN DOF: 2/VIII/2002Tarifa 2002 Historica)

(MODIFICACIONES DOF: 4/IX/2002Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2002Tarifa 2002 Historica, 10/VII/2003Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2003Tarifa 2002 Historica, 23/III/2004Tarifa 2002 Vigente, 2/XII/2004Tarifa2002, 28/XII/2004Tarifa2002, 03/I/2005Tarifa 2002 Vigente, 17/III/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/IX/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/XII/2005Tarifa 2002 Vigente, 20/I/2006Tarifa 2002 Vigente, 5/IX/2006Tarifa 2002 Vigente, 27/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 28/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 30/VI/2007Tarifa 2002 Historico, 03/IX/2007Tarifa 2002 Historico, 27/XII/2007Tarifa 2002 Historica, 04/III/2008Tarifa 2002 Historica, 27/V/2008Tarifa 2002 Historica, 16/XII/2009Tarifa 2002 Historica, 9/II/2010Tarifa 2002 Historica, 26/XII/2011 Tarifa 2002 Historica, 05/IX/2012Tarifa 2002 Historica, 29/XI/2012Tarifa 2002 Historica, 7/X/2015Tarifa 2002 Historica, 4/IV/2016Tarifa 2002 Historica, 28/VII/2016Tarifa 2002 Historica, 07/X/2016Tarifa 2002 Historica, 06/IV/2017Tarifa 2002 Historica, 17/X/2017Tarifa 2002 Historica, 5/VI/2018Tarifa 2002 Historica,25/III/2019Tarifa 2002 Historica, 10/IV/2019Tarifa 2002 Historica, 20/IX/2019Tarifa 2002 Historica )

I
Eléctrica
II
Electrónica
III
Muebles
IV
Juguetes y Deportes
V
Calzado
VI
Minería y Metalúrgica
VII
Bienes de Capital
VIII
Fotográfica
IX
Maquinaria Agrícola
X
Diversas
XI
Química
XII
Caucho y Plástico
XIII
Siderúrgica
XIV
Fármacos y Medicinas
XV
Transporte
XVI
Papel y Cartón
XVII
Madera
XVIII
Cuero y Pieles
XIX
Automotriz y Autopartes
XX
Textil y Confección
XXI
Chocolates
y Dulces
XXII
Café
.XXIII
Alimentaria
.XXIV
Fertilizantes
.
.

  
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