DECRETO: Decreto: Tasa aplicable del IGI para mercancías originarias de Colombia, aplicable a partir del 1 de julio de 2012 (DOF 29/VI/2012) ABROGADO
Al margen un sello con el Escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Con fundamento en los artículos 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción X de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y


CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia (Tratado) fue aprobado por el Senado de la República el 13 de junio de 1994, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995 y entró en vigor el 1 de enero de ese mismo año;

Que el Tratado prevé las condiciones para la eliminación de los aranceles aduaneros para el comercio de mercancías originarias de la región conformada por ambos países;

Que el 11 de junio de 2010 los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, con el propósito de profundizar sus relaciones comerciales y mejorar las condiciones de acceso al mercado para diversos bienes, firmaron el Protocolo Modificatorio al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, firmado en la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia el trece de junio de mil novecientos noventa y cuatro (Protocolo), mismo que fue aprobado por el Senado de la República el 5 de abril de 2011, y cuyo Decreto promulgatorio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011;

Que la desgravación prevista en el Tratado y su Protocolo no exime del cumplimiento de medidas de regulación y restricción no arancelarias, ni de los requisitos previos de importación impuestos por la Secretaría de Economía, o cualquier otra dependencia en el ámbito de sus facultades; de los requisitos previstos en Normas Oficiales Mexicanas, o del trámite del despacho aduanero de mercancías, entre otros, siempre que estén de conformidad con los compromisos internacionales adquiridos por México;

Que el 26 de junio de 2009 la Organización Mundial de Aduanas adoptó la Quinta Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías que incluye, entre otras, modificaciones a las notas legales, la eliminación de varias subpartidas que describen productos que han reportado escaso movimiento comercial, así como la creación o reestructuración de otras para identificar productos nuevos en el comercio mundial;

Que el 18 de junio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en la que se establece la Tarifa con los aranceles aplicables a la importación de mercancías al territorio nacional;

Que el Decreto por el que se modifican la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; el diverso por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, y el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, tiene por objeto adoptar a partir del 1 de julio de 2012, las modificaciones derivadas de la Quinta Enmienda antes señalada, y

Que en razón de lo anterior, y siendo necesario dar a conocer a los operadores y autoridades aduaneras las condiciones arancelarias y los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de la República de Colombia a partir del 1 de julio de 2012, se expide el siguiente


Acuerdo

Primero.- Conforme a lo dispuesto en el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, la importación de mercancías originarias del área conformada por México y Colombia, independientemente de su clasificación en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, estará exenta del pago de arancel, salvo aquellas mercancías en que se indique lo contrario en el presente Acuerdo.

Las tasas arancelarias preferenciales se expresan en términos ad-valorem, salvo que en la columna relativa a la tasa arancelaria se establezca un arancel mixto, el cual se expresa en términos de un arancel ad-valorem más un arancel específico, que se expresa en términos de dólares o centavos de dólar de los Estados Unidos de América por unidad de medida.

Segundo.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entiende por:

I. ALADI: la Asociación Latinoamericana de Integración;

II. Ex.: Exenta del pago de arancel de importación;

III. LIGIE: la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación;

IV. mercancías originarias del área conformada por México y Colombia: las mercancías que cumplan con las reglas de origen establecidas en el Capítulo VI “Reglas de origen” del Tratado, y

V. Tratado: el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia.

Tercero.- Conforme a lo dispuesto en el Anexo 1 al artículo 3-04 del Tratado, la importación de mercancías originarias del área conformada por México y Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias listadas en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria prevista en el Artículo 1o. de la LIGIE, sin reducción arancelaria alguna, salvo que el presente Acuerdo indique lo contrario:

Fracción
Descripción
0207.11.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, frescos o refrigerados.
0207.12.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, congelados.
0207.13.01Tarifa 2007 Vigente
Mecánicamente deshuesados.
0207.13.02Tarifa 2007 Vigente
Carcazas.
0207.13.03Tarifa 2007 Vigente
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo.
0207.13.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.14.01Tarifa 2007 Vigente
Mecánicamente deshuesados.
0207.14.03Tarifa 2007 Vigente
Carcazas.
0207.14.04Tarifa 2007 Vigente
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo.
0207.14.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.24.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, frescos o refrigerados.
0207.25.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, congelados.
0207.26.01Tarifa 2007 Vigente
Mecánicamente deshuesados.
0207.26.02Tarifa 2007 Vigente
Carcazas.
0207.26.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.27.01Tarifa 2007 Vigente
Mecánicamente deshuesados.
0207.27.03Tarifa 2007 Vigente
Carcazas.
0207.27.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.41.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, frescos o refrigerados.
0207.42.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, congelados.
0207.44.01Tarifa 2007 Vigente
Los demás, frescos o refrigerados.
0207.45.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.51.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, frescos o refrigerados.
0207.52.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, congelados.
0207.54.01Tarifa 2007 Vigente
Los demás, frescos o refrigerados.
0207.55.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0207.60.01Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, frescas o refrigeradas.
0207.60.02Tarifa 2007 Vigente
Sin trocear, congeladas.
0207.60.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0209.10.01Tarifa 2007 Vigente
De cerdo.
0209.90.01Tarifa 2007 Vigente
De gallo, gallina o pavo (gallipavo).
0209.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0402.10.01Tarifa 2007 Vigente
Leche en polvo o en pastillas.
0402.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0402.21.01Tarifa 2007 Vigente
Leche en polvo o en pastillas.
0402.21.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0402.29.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0402.91.01Tarifa 2007 Vigente
Leche evaporada.
0406.10.01Tarifa 2007 Vigente
Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón.
0406.30.01Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido en peso de materias grasas inferior o igual al 36% y con un contenido en materias grasas medido en peso del extracto seco superior al 48%, presentados en envases de un contenido neto superior a 1 kg.
0406.30.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0406.90.01Tarifa 2007 Vigente
De pasta dura, denominado Sardo, cuando su presentación así lo indique.
0406.90.02Tarifa 2007 Vigente
De pasta dura, denominado Reggiano o Reggianito, cuando su presentación así lo indique.
0406.90.03Tarifa 2007 Vigente
De pasta blanda, tipo Colonia, cuando su composición sea: humedad de 35.5% a 37.7%, cenizas de 3.2% a 3.3%, grasas de 29.0% a 30.8%, proteínas de 25.0% a 27.5%, cloruros de 1.3% a 2.7% y acidez de 0.8% a 0.9% en ácido láctico.
0406.90.04Tarifa 2007 Vigente
Grana o Parmegiano-reggiano, con un contenido en peso de materias grasas inferior o igual al 40%, con un contenido en peso de agua, en la materia no grasa, inferior o igual al 47%; Danbo, Edam, Fontal, Fontina, Fynbo, Gouda, Havarti, Maribo, Samsoe, Esrom, Itálico, Kernhem, Saint-Nectaire, Saint-Paulin o Taleggio, con un contenido en peso de materias grasas inferior o igual al 40%, con un contenido en peso de agua, en la materia no grasa, superior al 47% sin exceder de 72%.
0406.90.05Tarifa 2007 Vigente
Tipo petit suisse, cuando su composición sea: humedad de 68% a 70%, grasa de 6% a 8% (en base humeda), extracto seco de 30% a 32%, proteína mínima de 6%, y fermentos con o sin adición de frutas, azúcares, verduras, chocolate o miel.
0406.90.06Tarifa 2007 Vigente
Tipo Egmont, cuyas características sean: grasa mínima (en materia seca) 45%, humedad máxima 40%, materia seca mínima 60%, mínimo de sal en la humedad 3.9%.
0406.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0407.21.01Tarifa 2007 Vigente
Para consumo humano.
0407.21.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0407.29.01Tarifa 2007 Vigente
Para consumo humano.
0407.29.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0407.90.01Tarifa 2007 Vigente
Congelados.
0407.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0701.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0713.31.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) de las especies Vigna mungo (L) Hepper o Vigna radiata (L) Wilczek.
0713.32.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) Adzuki (Phaseolus o Vigna angularis).
0713.33.02Tarifa 2007 Vigente
Frijol blanco, excepto lo comprendido en la fracción 0713.33.01.
0713.33.03Tarifa 2007 Vigente
Frijol negro, excepto lo comprendido en la fracción 0713.33.01.
0713.33.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0713.34.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) Bambara (Vigna subterranea o Voandzeia subterranea).
0713.35.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) salvajes o caupí (Vigna unguiculata).
0713.39.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0806.10.01Tarifa 2007 Vigente
Frescas.
0807.19.01Tarifa 2007 Vigente
Melón chino (“cantaloupe”).
0807.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0901.11.01Tarifa 2007 Vigente
Variedad robusta.
0901.11.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
0901.12.01Tarifa 2007 Vigente
Descafeinado.
0901.21.01Tarifa 2007 Vigente
Sin descafeinar.
0901.90.01Tarifa 2007 Vigente
Cáscara y cascarilla de café.
0901.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1001.91.01Tarifa 2007 Vigente
Trigo común (Triticum aestivum o “trigo duro”).
1001.91.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1001.99.01Tarifa 2007 Vigente
Trigo común (Triticum aestivum o “trigo duro”).
1001.99.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1003.90.01Tarifa 2007 Vigente
En grano, con cáscara.
1003.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1005.90.01Tarifa 2007 Vigente
Palomero.
1005.90.03Tarifa 2007 Vigente
Maíz amarillo.
1005.90.04Tarifa 2007 Vigente
Maíz blanco (harinero).
1005.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1007.10.01Tarifa 2007 Vigente
Para siembra.
1007.90.01Tarifa 2007 Vigente
Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido entre el 16 de diciembre y el 15 de mayo.
1007.90.02Tarifa 2007 Vigente
Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido entre el 16 de mayo y el 15 de diciembre.
1008.21.01Tarifa 2007 Vigente
Para siembra.
1008.29.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1107.10.01Tarifa 2007 Vigente
Sin tostar.
1107.20.01Tarifa 2007 Vigente
Tostada.
1108.11.01Tarifa 2007 Vigente
Almidón de trigo.
1108.12.01Tarifa 2007 Vigente
Almidón de maíz.
1201.90.01Tarifa 2007 Vigente
Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 30 de septiembre.
1201.90.02Tarifa 2007 Vigente
Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido entre el 1o. de octubre y el 31 de diciembre.
1203.00.01Tarifa 2007 Vigente
Copra.
1205.10.01Tarifa 2007 Vigente
Semillas de nabo (nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico.
1205.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1206.00.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1207.40.01Tarifa 2007 Vigente
Semilla de sésamo (ajonjolí).
1207.70.01Tarifa 2007 Vigente
Semillas de melón.
1207.99.02Tarifa 2007 Vigente
Semilla de “karité”.
1207.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1208.10.01Tarifa 2007 Vigente
De habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya).
1208.90.01Tarifa 2007 Vigente
De algodón.
1208.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1212.93.01Tarifa 2007 Vigente
Caña de azúcar.
1302.11.01Tarifa 2007 Vigente
En bruto o en polvo.
1302.11.02Tarifa 2007 Vigente
Preparado para fumar.
1302.11.03Tarifa 2007 Vigente
Alcoholados, extractos, fluidos o sólidos o tinturas de opio.
1302.11.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1302.19.02Tarifa 2007 Vigente
De marihuana (Cannabis Indica).
1302.19.03Tarifa 2007 Vigente
De Ginko-Biloba.
1302.19.04Tarifa 2007 Vigente
De haba tonka.
1302.19.05Tarifa 2007 Vigente
De belladona, conteniendo como máximo 60% de alcaloides.
1302.19.06Tarifa 2007 Vigente
De Pygeum Africanum (Prunus Africana).
1302.19.07Tarifa 2007 Vigente
Podofilina.
1302.19.08Tarifa 2007 Vigente
Maná.
1302.19.09Tarifa 2007 Vigente
Alcoholados, extractos fluidos o sólidos o tinturas, de coca.
1302.19.12Tarifa 2007 Vigente
Derivados de la raíz de Rawolfia heterophila que contengan el alcaloide llamado reserpina.
1302.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1501.10.01Tarifa 2007 Vigente
Manteca de cerdo.
1501.20.01Tarifa 2007 Vigente
Las demás grasas de cerdo.
1501.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1502.10.01Tarifa 2007 Vigente
Sebo.
1502.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
1507.10.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto, incluso desgomado.
1507.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1508.10.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto.
1508.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1512.11.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites en bruto.
1512.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1512.21.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto, incluso sin gosipol.
1512.29.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1513.11.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto.
1513.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1514.11.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites en bruto.
1514.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1514.91.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites en bruto.
1514.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1515.21.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto.
1515.29.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1515.50.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite de sésamo (ajonjolí) y sus fracciones.
1515.90.02Tarifa 2007 Vigente
De copaiba, en bruto.
1515.90.03Tarifa 2007 Vigente
De almendras.
1515.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1521.10.01Tarifa 2007 Vigente
Carnauba.
1701.12.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 99.4 pero inferior a 99.5 grados.
1701.12.02Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 96 pero inferior a 99.4 grados.
1701.12.03Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización inferior a 96 grados.
1701.13.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de subpartida de este Capítulo.
1701.14.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 99.4 pero inferior a 99.5 grados.
1701.14.02Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 96 pero inferior a 99.4 grados.
1701.14.03Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización inferior a 96 grados.
1701.91.01Tarifa 2007 Vigente
Con adición de aromatizante o colorante.
1701.99.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 99.5 pero inferior a 99.7 grados.
1701.99.02Tarifa 2007 Vigente
Azúcar cuyo contenido en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior a 99.7 pero inferior a 99.9 grados.
1701.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1702.30.01Tarifa 2007 Vigente
Glucosa y jarabe de glucosa, sin fructosa o con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, inferior al 20% en peso.
1702.40.01Tarifa 2007 Vigente
Glucosa.
1702.40.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1702.90.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar líquida refinada y azúcar invertido.
1702.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1806.10.01Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de azúcar igual o superior al 90%, en peso.
1806.32.01Tarifa 2007 Vigente
Sin rellenar.
2302.10.01Tarifa 2007 Vigente
De maíz.
2302.30.01Tarifa 2007 Vigente
De trigo.
2304.00.01Tarifa 2007 Vigente
Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en “pellets”.
2401.10.01Tarifa 2007 Vigente
Tabaco para envoltura.
2401.10.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
2401.20.01Tarifa 2007 Vigente
Tabaco rubio, Burley o Virginia.
2401.20.02Tarifa 2007 Vigente
Tabaco para envoltura.
2401.20.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
2401.30.01Tarifa 2007 Vigente
Desperdicios de tabaco.
2402.10.01Tarifa 2007 Vigente
Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco.
2402.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
2403.11.01Tarifa 2007 Vigente
Tabaco para pipa de agua mencionado en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.
2403.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
2403.91.01Tarifa 2007 Vigente
Tabaco del tipo utilizado para envoltura de tabaco.
2403.91.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
2403.99.01Tarifa 2007 Vigente
Rapé húmedo oral.
2403.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
3505.10.01Tarifa 2007 Vigente
Dextrina y demás almidones y féculas modificados.
3505.20.01Tarifa 2007 Vigente
Colas.
4012.11.01Tarifa 2007 Vigente
De los tipos utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar (“break o "station wagon") y los de carreras).
4012.12.01Tarifa 2007 Vigente
De los tipos utilizados en autobuses o camiones.
4012.13.01Tarifa 2007 Vigente
De los tipos utilizados en aeronaves.
4012.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
4012.20.01Tarifa 2007 Vigente
De los tipos utilizados en vehículos para el transporte en carretera de pasajeros o mercancía, incluyendo tractores, o en vehículos de la partida 87.05.
4012.20.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
5201.00.01Tarifa 2007 Vigente
Con pepita.
5201.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
5202.10.01Tarifa 2007 Vigente
Desperdicios de hilados.
5202.91.01Tarifa 2007 Vigente
Hilachas.
5202.99.01Tarifa 2007 Vigente
Borra.
5202.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
5203.00.01Tarifa 2007 Vigente
Algodón cardado o peinado.
5303.10.01Tarifa 2007 Vigente
Yute y demás fibras textiles del liber, en bruto o enriados.
5303.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
5305.00.05Tarifa 2007 Vigente
Sisal y demás fibras textiles del género Agave, en bruto.
5305.00.06Tarifa 2007 Vigente
Sisal y demás fibras textiles del género Agave trabajadas, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).
8701.20.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8702.10.05Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8702.90.06Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.01.
8703.21.02Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8703.21.01.
8703.22.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.23.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.24.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.31.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.32.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.33.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.
8703.90.02Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8703.90.01.
8704.21.04Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.01.
8704.22.07Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.01.
8704.23.02Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.23.01.
8704.31.05Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en las fracciones 8704.31.01 y 8704.31.02.
8704.32.07Tarifa 2007 Vigente
Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.01.
8705.40.02Tarifa 2007 Vigente
Usados.

Cuarto.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, se sujetará a la preferencia arancelaria que se indica, respecto a la tasa arancelaria ad-valorem prevista en el Artículo 1o. de la LIGIE, siempre que cumplan con lo establecido en la Resolución 252 de la ALADI:

Fracción
Descripción
Preferencia arancelaria %
0105.11.01Tarifa 2007 Vigente
Cuando no necesiten alimento durante su transporte.
28
0105.11.02Tarifa 2007 Vigente
Aves progenitoras recién nacidas, con certificado de alto registro, cuando se importe un máximo de 18,000 cabezas por cada operación.
28
0105.11.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0201.10.01Tarifa 2007 Vigente
En canales o medias canales.
28
0201.20.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás cortes (trozos) sin deshuesar.
28
0201.30.01Tarifa 2007 Vigente
Deshuesada.
28
0202.10.01Tarifa 2007 Vigente
En canales o medias canales.
28
0202.20.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás cortes (trozos) sin deshuesar.
28
0202.30.01Tarifa 2007 Vigente
Deshuesada.
28
0203.11.01Tarifa 2007 Vigente
En canales o medias canales.
28
0203.12.01Tarifa 2007 Vigente
Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar.
28
0203.19.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0203.21.01Tarifa 2007 Vigente
En canales o medias canales.
28
0203.22.01Tarifa 2007 Vigente
Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar.
28
0203.29.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0206.10.01Tarifa 2007 Vigente
De la especie bovina, frescos o refrigerados.
28
0206.30.01Tarifa 2007 Vigente
Pieles de cerdo enteras o en recortes, refrigerados, excepto el cuero precocido en trozos ("pellets").
28
0206.30.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0206.41.01Tarifa 2007 Vigente
Hígados.
28
0206.49.01Tarifa 2007 Vigente
Pieles de cerdo enteras o en recortes, excepto el cuero precocido en trozos ("pellets").
28
0206.49.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0206.80.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás, frescos o refrigerados.
28
0206.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás, congelados.
28
0210.12.01Tarifa 2007 Vigente
Tocino entreverado de panza (panceta) y sus trozos.
28
0210.19.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0210.20.01Tarifa 2007 Vigente
Carne de la especie bovina.
28
0401.10.01Tarifa 2007 Vigente
En envases herméticos.
28
0401.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0401.20.01Tarifa 2007 Vigente
En envases herméticos.
28
0401.20.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0401.40.01Tarifa 2007 Vigente
En envases herméticos.
28
0401.40.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0401.50.01Tarifa 2007 Vigente
En envases herméticos.
28
0401.50.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0402.91.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0402.99.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0404.10.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0404.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0405.10.01Tarifa 2007 Vigente
Mantequilla, cuando el peso incluido el envase inmediato sea inferior o igual a 1 kg.
28
0405.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0405.20.01Tarifa 2007 Vigente
Pastas lácteas para untar.
28
0405.90.01Tarifa 2007 Vigente
Grasa butírica deshidratada.
28
0405.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0408.11.01Tarifa 2007 Vigente
Secas.
28
0408.19.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0408.91.01Tarifa 2007 Vigente
Congelados o en polvo.
28
0408.91.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0408.99.01Tarifa 2007 Vigente
Congelados, excepto lo comprendido en la fracción 0408.99.02.
28
0408.99.02Tarifa 2007 Vigente
Huevos de aves marinas guaneras.
28
0408.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0703.10.01Tarifa 2007 Vigente
Cebollas.
28
0703.10.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0706.10.01Tarifa 2007 Vigente
Zanahorias y nabos.
28
0706.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0708.20.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp.).
28
0708.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0710.21.01Tarifa 2007 Vigente
Chícharos (guisantes, arvejas) (Pisum sativum).
28
0710.22.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp.).
28
0710.29.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0710.80.01Tarifa 2007 Vigente
Cebollas.
28
0710.80.02Tarifa 2007 Vigente
Setas.
28
0710.80.03Tarifa 2007 Vigente
Coles de bruselas (repollitos), cortadas.
28
0710.80.04Tarifa 2007 Vigente
Espárragos, brócolis ("bróccoli") y coliflores.
28
0710.80.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0712.20.01Tarifa 2007 Vigente
Cebollas.
28
0713.10.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0713.33.01Tarifa 2007 Vigente
Frijol para siembra.
28
0713.40.01Tarifa 2007 Vigente
Lentejas.
28
0713.50.01Tarifa 2007 Vigente
Habas (Vicia faba var. major), haba caballar (Vicia faba var. equina) y haba menor (Vicia faba var. minor).
28
0713.60.01Tarifa 2007 Vigente
Chícharos (guisantes, arvejas) de palo, gandú o gandul (Cajanus cajan).
28
0713.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
0803.10.01Tarifa 2007 Vigente
Plátanos para cocinar (plantains).
28
0803.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
0807.11.01Tarifa 2007 Vigente
Sandías.
28
0901.22.01Tarifa 2007 Vigente
Descafeinado.
28
1005.90.02Tarifa 2007 Vigente
Elotes.
28
1006.10.01Tarifa 2007 Vigente
Arroz con cáscara (arroz “paddy”).
28
1006.20.01Tarifa 2007 Vigente
Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo).
28
1006.30.01Tarifa 2007 Vigente
Denominado grano largo (relación 3:1, o mayor, entre el largo y la anchura del grano).
28
1006.30.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1006.40.01Tarifa 2007 Vigente
Arroz partido.
28
1101.00.01Tarifa 2007 Vigente
Harina de trigo o de morcajo (tranquillón).
28
1102.20.01Tarifa 2007 Vigente
Harina de maíz.
28
1103.11.01Tarifa 2007 Vigente
De trigo.
28
1103.13.01Tarifa 2007 Vigente
De maíz.
28
1108.19.01Tarifa 2007 Vigente
Fécula de sagú.
28
1108.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1202.30.01Tarifa 2007 Vigente
Para siembra.
28
1202.41.01Tarifa 2007 Vigente
Con cáscara.
28
1202.42.01Tarifa 2007 Vigente
Sin cáscara, incluso quebrantados.
28
1207.99.01Tarifa 2007 Vigente
De cáñamo (Cannabis sativa).
28
1208.90.02Tarifa 2007 Vigente
De girasol.
28
1211.30.01Tarifa 2007 Vigente
Hojas de coca.
28
1302.19.01Tarifa 2007 Vigente
De helecho macho.
28
1302.19.10Tarifa 2007 Vigente
De cáscara de nuez de cajú, en bruto.
28
1302.19.11Tarifa 2007 Vigente
De cáscara de nuez de cajú, refinados.
28
1404.20.01Tarifa 2007 Vigente
Línteres de algodón.
28
1503.00.01Tarifa 2007 Vigente
Oleoestearina.
28
1503.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1506.00.01Tarifa 2007 Vigente
De pie de buey, refinado.
28
1506.00.02Tarifa 2007 Vigente
Grasa o aceite de tortuga.
28
1506.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1515.30.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite de ricino y sus fracciones.
28
1515.90.01Tarifa 2007 Vigente
De oiticica.
28
1516.10.01Tarifa 2007 Vigente
Grasas y aceites, animales, y sus fracciones.
28
1517.90.01Tarifa 2007 Vigente
Grasas alimenticias preparadas a base de manteca de cerdo o sucedáneos de manteca de cerdo.
28
1517.90.02Tarifa 2007 Vigente
Oleomargarina emulsionada.
28
1517.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1518.00.01Tarifa 2007 Vigente
Mezcla de aceites de girasol y oliva, bromados, calidad farmacéutica.
28
1518.00.02Tarifa 2007 Vigente
Aceites animales o vegetales epoxidados.
28
1518.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1520.00.01Tarifa 2007 Vigente
Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas.
28
1601.00.01Tarifa 2007 Vigente
De gallo, gallina o pavo (gallipavo).
28
1601.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1602.10.01Tarifa 2007 Vigente
De gallo, gallina o pavo (gallipavo).
28
1602.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1602.20.01Tarifa 2007 Vigente
De gallo, gallina o pavo (gallipavo).
28
1602.20.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1602.31.01Tarifa 2007 Vigente
De pavo (gallipavo).
28
1602.32.01Tarifa 2007 Vigente
De gallo o gallina.
28
1602.39.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1602.41.01Tarifa 2007 Vigente
Jamones y trozos de jamón.
28
1602.42.01Tarifa 2007 Vigente
Paletas y trozos de paleta.
28
1602.50.01Tarifa 2007 Vigente
Vísceras o labios cocidos, envasados herméticamente.
28
1602.50.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1602.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier animal.
28
1702.11.01Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de lactosa igual o superior al 99% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre producto seco.
28
1702.19.01Tarifa 2007 Vigente
Lactosa.
28
1702.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1702.20.01Tarifa 2007 Vigente
Azúcar y jarabe de arce (“maple”).
28
1702.50.01Tarifa 2007 Vigente
Fructosa químicamente pura.
28
1702.60.01Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, superior al 50% pero inferior o igual al 60%, en peso.
28
1702.60.02Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, superior al 60% pero inferior o igual al 80%, en peso.
28
1702.60.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1703.10.01Tarifa 2007 Vigente
Melaza, incluso decolorada, excepto lo comprendido en la fracción 1703.10.02.
28
1703.10.02Tarifa 2007 Vigente
Melazas aromatizadas o con adición de colorantes.
28
1703.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1806.10.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1901.20.01Tarifa 2007 Vigente
A base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
28
1901.20.02Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de grasa butírica superior al 25%, en peso, sin acondicionar para la venta al por menor, excepto lo comprendido en la fracción 1901.20.01.
28
1901.20.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1901.90.01Tarifa 2007 Vigente
Extractos de malta.
28
1901.90.02Tarifa 2007 Vigente
Productos alimenticios vegetales, dietéticos, para diabéticos.
28
1901.90.03Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, pero inferior o igual a 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.
28
1901.90.04Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, acondicionadas en envases para la venta al por menor cuya etiqueta contenga indicaciones para la utilización directa del producto en la preparación de alimentos o postres, por ejemplo.
28
1901.90.05Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.
28
1901.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
1902.19.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
1902.30.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás pastas alimenticias.
28
1904.20.01Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados.
28
1905.10.01Tarifa 2007 Vigente
Pan crujiente llamado “Knäckebrot”.
28
1905.20.01Tarifa 2007 Vigente
Pan de especias.
28
1905.40.01Tarifa 2007 Vigente
Pan tostado y productos similares tostados.
28
2001.90.01Tarifa 2007 Vigente
Pimientos (Capsicum anuum).
28
2001.90.02Tarifa 2007 Vigente
Cebollas.
28
2001.90.03Tarifa 2007 Vigente
Las demás hortalizas.
28
2001.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2002.10.01Tarifa 2007 Vigente
Tomates enteros o en trozos.
28
2002.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2004.90.01Tarifa 2007 Vigente
Antipasto.
28
2004.90.02Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles).
28
2004.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2005.40.01Tarifa 2007 Vigente
Chícharos (guisantes, arvejas) (Pisum sativum).
28
2005.51.01Tarifa 2007 Vigente
Desvainados.
28
2005.59.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2005.60.01Tarifa 2007 Vigente
Espárragos.
28
2005.91.01Tarifa 2007 Vigente
Brotes de bambú.
28
2005.99.01Tarifa 2007 Vigente
Pimientos (Capsicum anuum).
28
2005.99.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2006.00.01Tarifa 2007 Vigente
Frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp.).
28
2006.00.02Tarifa 2007 Vigente
Espárragos.
28
2006.00.03Tarifa 2007 Vigente
Las demás hortalizas congeladas, excepto lo comprendido en las fracciones 2006.00.01 y 2006.00.02.
28
2006.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2007.10.01Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones homogeneizadas.
28
2007.91.01Tarifa 2007 Vigente
De agrios (cítricos).
28
2007.99.01Tarifa 2007 Vigente
Compotas o mermeladas destinadas a diabéticos.
28
2007.99.02Tarifa 2007 Vigente
Jaleas, destinadas a diabéticos.
28
2007.99.03Tarifa 2007 Vigente
Purés o pastas destinadas a diabéticos.
28
2007.99.04Tarifa 2007 Vigente
Mermeladas, excepto lo comprendido en la fracción 2007.99.01.
28
2007.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2102.10.01Tarifa 2007 Vigente
Deshidratadas, cuando contengan hasta el 10% de humedad, excepto lo comprendido en la fracción 2102.10.02.
28
2102.10.02Tarifa 2007 Vigente
De tórula.
28
2102.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2102.20.01Tarifa 2007 Vigente
Levaduras de tórula.
28
2102.20.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2102.30.01Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones en polvo para hornear.
28
2103.20.01Tarifa 2007 Vigente
Ketchup.
28
2103.20.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2106.90.01Tarifa 2007 Vigente
Polvos para la elaboración de budines y gelatinas destinadas a diabéticos.
28
2106.90.02Tarifa 2007 Vigente
Preparación usada en panadería, pastelería y galletería, chocolatería y similares, cuando contenga 15% a 40% de proteínas, 0.9% a 5% de grasas, 45% a 70% de carbohidratos, 3% a 4% de minerales y 3% a 8% de humedad.
28
2106.90.03Tarifa 2007 Vigente
Autolizados o extractos de levadura.
28
2106.90.04Tarifa 2007 Vigente
A base de corazón de res pulverizado, aceite de ajonjolí; almidón de tapioca, azúcar, vitaminas y minerales.
28
2106.90.05Tarifa 2007 Vigente
Jarabes aromatizados o con adición de colorantes.
28
2106.90.06Tarifa 2007 Vigente
Concentrados de jugos de una sola fruta, legumbre u hortaliza, enriquecidos con minerales o vitaminas.
28
2106.90.07Tarifa 2007 Vigente
Mezclas de jugos concentrados de frutas, legumbres u hortalizas, enriquecidos con minerales o vitaminas.
28
2106.90.08Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, en peso.
28
2106.90.09Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones a base de huevo.
28
2106.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2202.90.04Tarifa 2007 Vigente
Que contengan leche.
28
2202.90.05Tarifa 2007 Vigente
Bebidas llamadas cervezas sin alcohol.
28
2207.10.01Tarifa 2007 Vigente
Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual a 80% vol.
28
2207.20.01Tarifa 2007 Vigente
Alcohol etílico y aguardientes desnaturalizados, de cualquier graduación.
28
2302.40.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2306.10.01Tarifa 2007 Vigente
De semillas de algodón.
28
2306.30.01Tarifa 2007 Vigente
De semillas de girasol.
28
2306.90.01Tarifa 2007 Vigente
De germen de maíz.
28
2306.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2308.00.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2309.10.01Tarifa 2007 Vigente
Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.
28
2309.90.01Tarifa 2007 Vigente
Alimentos preparados para aves de corral consistentes en mezclas de semillas de distintas variedades vegetales trituradas.
28
2309.90.02Tarifa 2007 Vigente
Pasturas, aun cuando estén adicionadas de materias minerales.
28
2309.90.03Tarifa 2007 Vigente
Preparados forrajeros azucarados, de pulpa de remolacha adicionada con melaza.
28
2309.90.04Tarifa 2007 Vigente
Mezclas, preparaciones o productos de origen orgánico para la alimentación de peces de ornato.
28
2309.90.05Tarifa 2007 Vigente
Preparación estimulante a base de 2% como máximo de vitamina H.
28
2309.90.06Tarifa 2007 Vigente
Preparación para la elaboración de alimentos balanceados, obtenida por reacción de sosa cáustica, ácido fosfórico y dolomita.
28
2309.90.07Tarifa 2007 Vigente
Preparados concentrados, para la elaboración de alimentos balanceados, excepto lo comprendido en las fracciones 2309.90.09, 2309.90.10 y 2309.90.11.
28
2309.90.08Tarifa 2007 Vigente
Sustituto de leche para becerros a base de caseína, leche en polvo, grasa animal, lecitina de soya, vitaminas, minerales y antibióticos, excepto lo comprendido en las fracciones 2309.90.10 y 2309.90.11.
28
2309.90.10Tarifa 2007 Vigente
Con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, pero inferior o igual al 50%, en peso.
28
2309.90.11Tarifa 2007 Vigente
Alimentos preparados con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso.
28
2309.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
28
2905.45.01Tarifa 2007 Vigente
Glicerol, excepto grado dinamita.
85
2905.45.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2918.15.02Tarifa 2007 Vigente
Citrato férrico amónico.
28
2918.15.03Tarifa 2007 Vigente
Citrato de litio.
28
2918.15.04Tarifa 2007 Vigente
Ferrocitrato de calcio.
28
2918.15.05Tarifa 2007 Vigente
Sales del ácido cítrico, excepto lo comprendido en las fracciones 2918.15.01, 2918.15.02, 2918.15.03 y 2918.15.04.
28
2936.27.01Tarifa 2007 Vigente
Vitamina C (Acido ascórbico) y sus sales.
28
2936.27.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
2936.29.08Tarifa 2007 Vigente
Ascorbato de nicotinamida.
28
3823.11.01Tarifa 2007 Vigente
Acido esteárico.
28
3823.12.01Tarifa 2007 Vigente
Acido oléico (Oleína), excepto lo comprendido en la fracción 3823.12.02.
28
3823.13.01Tarifa 2007 Vigente
Acidos grasos del "tall oil".
28
3823.19.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites ácidos del refinado.
28
3823.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
28
5201.00.02Tarifa 2007 Vigente
Sin pepita, de fibra con más de 29 mm de longitud.
60

Quinto.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias señaladas en este punto, estará sujeta a la preferencia arancelaria que se señala a continuación, respecto a la tasa arancelaria ad-valorem prevista en el Artículo 1o. de la LIGIE, únicamente cuando se trate de la modalidad de la mercancía que se indica:

Fracción
Modalidad de la mercancía
Preferencia arancelaria %
1005.90.03Tarifa 2007 Vigente
Diferente a: en grano con cáscara.
28
1005.90.04Tarifa 2007 Vigente
Diferente a: en grano con cáscara.
28
1005.90.99Tarifa 2007 Vigente
Diferente a: en grano con cáscara.
28
1107.10.01Tarifa 2007 Vigente
Solamente molida.
28
1107.20.01Tarifa 2007 Vigente
Solamente molida.
28
1208.90.99Tarifa 2007 Vigente
De lino.
28
1302.19.99Tarifa 2007 Vigente
De pireto.
28
1502.10.01Tarifa 2007 Vigente
De la especie ovina y caprina.
28
1502.90.99Tarifa 2007 Vigente
De la especie ovina y caprina.
28
1520.00.01Tarifa 2007 Vigente
Glicerina en bruto
75
1602.31.01Tarifa 2007 Vigente
Para ensalada de pavo regular y "light" -carne deshebrada de pavo con verduras y mayonesa-.
100
1602.49.01Tarifa 2007 Vigente
Para chicharrones para microondas.
100
1602.49.99Tarifa 2007 Vigente
Para preparaciones y conservas de cerdo enlatados de chilorio y cochinita pibil.
100
1702.90.99Tarifa 2007 Vigente
Sucedáneos de la miel; azúcar y melaza caramelizados y azúcares aromatizados o coloreados.
28
1806.32.01Tarifa 2007 Vigente
Chocolates sin rellenar, con un contenido menor o igual a 35% en volumen d azúcar.
100
1901.20.01Tarifa 2007 Vigente
Con contenido de azúcar que no exceda el 65%.
100
1901.20.02Tarifa 2007 Vigente
Con contenido de azúcar que no exceda el 65%.
100
1901.20.99Tarifa 2007 Vigente
Con contenido de azúcar que no exceda el 65%.
100
1905.31.01Tarifa 2007 Vigente
Galletas no envasadas herméticamente, excepto palitos de maíz y queso.
80
2103.90.99Tarifa 2007 Vigente
Mayonesa.
28
2106.90.06Tarifa 2007 Vigente
Cuando no contengan azúcar.
100
2106.90.07Tarifa 2007 Vigente
Cuando no contengan azúcar.
100
2106.90.08Tarifa 2007 Vigente
Cuando no contengan azúcar.
100
2106.90.99Tarifa 2007 Vigente
Cuando no contengan azúcar.
100
2303.20.01Tarifa 2007 Vigente
Pulpa de remolacha seca.
28
2918.15.99Tarifa 2007 Vigente
Diferente a: citrato de calcio.
28
5201.00.01Tarifa 2007 Vigente
De fibra con más de 29 mm de longitud.
60

Sexto.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria que se indica en la columna correspondiente para cada año y quedará exenta del pago de arancel a partir del 2 de agosto de 2015:

Fracción
Descripción
Arancel a partir del 1 de julio de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2013
Arancel a partir del 2 de agosto de 2014
Arancel a partir del 2 de agosto de 2015
2402.20.01Tarifa 2007 Vigente
Cigarrillos que contengan tabaco.
53.6
40.2
26.8
13.4
Ex.
3903.11.01Tarifa 2007 Vigente
Expandible.
4.8
3.6
2.4
1.2
Ex.

Séptimo.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria que se indica en la columna correspondiente para cada año y quedará exenta del pago de arancel a partir del 2 de agosto de 2016:
Fracción
Descripción
Arancel a partir del 1 de julio de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2013
Arancel a partir del 2 de agosto de 2014
Arancel a partir del 2 agosto de 2015
Arancel a partir del 2 de agosto de 2016
3903.19.01Tarifa 2007 Vigente
Homopolímero de alfa metilestireno.
3.3
2.6
2.0
1.3
0.7
Ex.
3903.19.02Tarifa 2007 Vigente
Poliestireno cristal.
4.8
3.8
2.9
1.9
1.0
Ex.
3903.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
4.8
3.8
2.9
1.9
1.0
Ex.
3903.90.01Tarifa 2007 Vigente
Copolímeros de estireno-vinilo.
4.8
3.8
2.9
1.9
1.0
Ex.
3903.90.02Tarifa 2007 Vigente
Copolímeros de estireno-maléico.
4.8
3.8
2.9
1.9
1.0
Ex.
3903.90.03Tarifa 2007 Vigente
Copolímero clorometilado de estireno-divinil- benceno.
3.3
2.6
2.0
1.3
0.7
Ex.
3903.90.04Tarifa 2007 Vigente
Copolímeros elastoméricos termoplásticos.
3.3
2.6
2.0
1.3
0.7
Ex.
3903.90.05Tarifa 2007 Vigente
Copolímeros del estireno, excepto lo comprendido en las fracciones 3903.90.01 a la 3903.90.04.
4.8
3.8
2.9
1.9
1.0
Ex.
3903.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
3.3
2.6
2.0
1.3
0.7
Ex.

Octavo.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria que se indica en la columna correspondiente para cada año y quedará exenta del pago de arancel a partir del 2 de agosto de 2017:

Fracción
Descripción
Arancel a partir del 1 de julio de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2013
Arancel a partir del 2 de agosto de 2014
Arancel a partir del 2 de agosto de 2015
Arancel a partir del 2 de agosto de 2016
Arancel a partir del 2 de agosto de 2017
1516.20.01Tarifa 2007 Vigente
Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones.
14.4
14.4
11.5
8.6
5.8
2.9
Ex.
1517.10.01Tarifa 2007 Vigente
Margarina, excepto la margarina líquida.
14.4
14.4
11.5
8.6
5.8
2.9
Ex.
1602.49.01Tarifa 2007 Vigente
Cuero de cerdo cocido en trozos (“pellets”).
14.4
14.4
11.5
8.6
5.8
2.9
Ex.
1602.49.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
14.4
14.4
11.5
8.6
5.8
2.9
Ex.

Noveno.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria que se indica en la columna correspondiente para cada año y quedará exenta del pago de arancel a partir del 2 de agosto de 2020:
Fracción
Descripción
Arancel a partir del 1 de julio de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2013
Arancel a partir del 2 de agosto de 2014
Arancel a partir del 2 de agosto de 2015
Arancel a partir del 2 de agosto de 2016
Arancel a partir del 2 de agosto de 2017
Arancel a partir del 2 de agosto de 2018
Arancel a partir del 2 de agosto de 2019
Arancel a partir del 2 de agosto de 2020
1905.31.01Tarifa 2007 Vigente
Galletas dulces (con adición de edulcorante).
6.5 + 0.32 Dls por Kg de azúcar
5.8 + 0.28 Dls por Kg de azúcar
5.0 + 0.25 Dls por Kg de azúcar
4.3 + 0.21 Dls por Kg de azúcar
3.6 + 0.18 Dls por Kg de azúcar
2.9 + 0.14 Dls por Kg de azúcar
2.2 + 0.10 Dls por Kg de azúcar
1.4 + 0.07 Dls por Kg de azúcar
0.7 + 0.03 Dls por Kg de azúcar
Ex.
1905.32.01Tarifa 2007 Vigente
Barquillos y obleas, incluso rellenos ("gaufrettes", "wafers") y "waffles" ("gaufres").
6.5 + 0.32 Dls por Kg de azúcar
5.8 + 0.28 Dls por Kg de azúcar
5.0 + 0.25 Dls por Kg de azúcar
4.3 + 0.21 Dls por Kg de azúcar
3.6 + 0.18 Dls por Kg de azúcar
2.9 + 0.14 Dls por Kg de azúcar
2.2 + 0.10 Dls por Kg de azúcar
1.4 + 0.07 Dls por Kg de azúcar
0.7 + 0.03 Dls por Kg de azúcar
Ex.
1905.90.01Tarifa 2007 Vigente
Sellos para medicamentos.
6.5
5.8
5.0
4.3
3.6
2.9
2.2
1.4
0.7
Ex.

Décimo.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará exenta del pago de arancel de importación, ya sea para la totalidad de las mercancías incluidas en cada fracción arancelaria o, si así se establece, únicamente para la modalidad indicada. Lo dispuesto en este punto, sólo será aplicable a las importaciones que cuenten con un certificado de cupo expedido por la SE. De no cumplirse con los requisitos señalados, se aplicará la tasa arancelaria prevista en el Art. 1o. de la LIGIE o, en su caso, si algunas de las referidas mercancías se encuentra en el punto Cuarto del presente Acuerdo, se les aplicará la correspondiente preferencia arancelaria indicada en ese punto:
Fracción
Descripción
Modalidad de la mercancía
0201.30.01Tarifa 2007 Vigente
Deshuesada.
0202.30.01Tarifa 2007 Vigente
Deshuesada.
0402.10.01 Tarifa 2007 Vigente(*)
Leche en polvo o en pastillas.
0402.10.99Tarifa 2007 Vigente (*)
Las demás.
0402.21.01 Tarifa 2007 Vigente(*)
Leche en polvo o en pastillas.
0402.21.99 Tarifa 2007 Vigente(*)
Las demás.
0405.10.01Tarifa 2007 Vigente
Mantequilla, cuando el peso incluido el envase inmediato sea inferior o igual a 1 kg.
0405.10.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.
0405.90.99Tarifa 2007 Vigente
Las demás.Grasa láctea anhidra (butteroil).
0406.10.01Tarifa 2007 Vigente
Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón.
0406.90.01Tarifa 2007 Vigente
De pasta dura, denominado Sardo, cuando su presentación así lo indique.
0406.90.02Tarifa 2007 Vigente
De pasta dura, denominado Reggiano o Reggianito, cuando su presentación así lo indique.
0406.90.03Tarifa 2007 Vigente
De pasta blanda, tipo Colonia, cuando su composición sea: humedad de 35.5% a 37.7%, cenizas de 3.2% a 3.3%, grasas de 29.0% a 30.8%, proteínas de 25.0% a 27.5%, cloruros de 1.3% a 2.7% y acidez de 0.8% a 0.9% en ácido láctico.
0406.90.04Tarifa 2007 Vigente
Grana o Parmegiano-reggiano, con un contenido en peso de materias grasas inferior o igual al 40%, con un contenido en peso de agua, en la materia no grasa, inferior o igual al 47%; Danbo, Edam, Fontal, Fontina, Fynbo, Gouda, Havarti, Maribo, Samsoe, Esrom, Itálico, Kernhem, Saint-Nectaire, Saint-Paulin o Taleggio, con un contenido en peso de materias grasas inferior o igual al 40%, con un contenido en peso de agua, en la materia no grasa, superior al 47% sin exceder de 72%.
0406.90.05Tarifa 2007 Vigente
Tipo petit suisse, cuando su composición sea: humedad de 68% a 70%, grasa de 6% a 8% (en base húmeda), extracto seco de 30% a 32%, proteína mínima de 6%, y fermentos con o sin adición de frutas, azúcares, verduras, chocolate o miel.
0406.90.06Tarifa 2007 Vigente
Tipo Egmont, cuyas características sean: grasa mínima (en materia seca) 45%, humedad máxima 40%, materia seca mínima 60%, mínimo de sal en la humedad 3.9%.
0406.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
1101.00.01Tarifa 2007 Vigente
Harina de trigo o de morcajo (tranquillón).
1103.11.01Tarifa 2007 Vigente
De trigo.
1507.10.01Tarifa 2007 Vigente
Aceite en bruto, incluso desgomado.
1901.90.03Tarifa 2007 Vigente
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, pero inferior o igual a 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.Arequipe en envases inferiores a 2 Kg.
2202.90.04Tarifa 2007 Vigente
Que contengan leche.
(*) El tratamiento arancelario preferencial que establece este punto sólo será aplicable para los períodos de enero a abril y de agosto a diciembre de cada año.

Décimo Primero.- La importación de mercancías originarias de Colombia, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en este punto, estará sujeta a la tasa arancelaria que se indica en la columna correspondiente para cada año y quedará exenta del pago de arancel a partir del 2 de agosto de 2017. Lo dispuesto en este punto, sólo será aplicable a las importaciones que cuenten con un certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía. De no cumplirse con los requisitos señalados, se aplicará la tasa arancelaria prevista en el Artículo 1o. de la LIGIE:

Fracción
Descripción
Arancel a partir del 1 de julio de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2012
Arancel a partir del 2 de agosto de 2013
Arancel a partir del 2 de agosto de 2014
Arancel a partir del 2 de agosto de 2015
Arancel a partir del 2 de agosto de 2016
Arancel a partir del 2 de agosto de 2017
1507.90.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
17.1
14.2
11.4
8.5
5.7
2.8
Ex.
1512.11.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites en bruto.
8.5
7.1
5.7
4.2
2.8
1.4
Ex.
1512.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
17.1
14.2
11.4
8.5
5.7
2.8
Ex.
1514.11.01Tarifa 2007 Vigente
Aceites en bruto.
8.5
7.1
5.7
4.2
2.8
1.4
Ex.
1514.19.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
17.1
14.2
11.4
8.5
5.7
2.8
Ex.
1514.99.99Tarifa 2007 Vigente
Los demás.
17.1
14.2
11.4
8.5
5.7
2.8
Ex.

Décimo Segundo.- La importación de mercancías originarias y producidas en Colombia, comprendidas en las partidas arancelarias que se señalan en este punto, estará exenta del pago de arancel de importación. Lo dispuesto en este punto, sólo será aplicable a las importaciones que cuenten con un certificado de cupo expedido por la SE, de conformidad con lo establecido en el Anexo al Art. 3-08 Bis del Tratado y con el Acuerdo que dicha Secretaría publique para tal fin:
Partida
Descripción
72.09
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
72.10
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.
72.11
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.
72.12
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.
72.13
Alambrón de hierro o acero sin alear.
72.14
Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado.
72.16
Perfiles de hierro o acero sin alear.
72.17
Alambre de hierro o acero sin alear.

Décimo Tercero.- Lo dispuesto en el presente Acuerdo no libera del cumplimiento de las medidas de regulación y restricción no arancelarias en términos de lo dispuesto en los tratados de libre comercio celebrados por México, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y las demás disposiciones aplicables.


TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de julio de 2012.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de la República de ColombiaTarifa 2007 Vigente, publicado en el DOF el 2/VIII/2011.

México, D.F., a 15 de junio de 2012.- El Secretario de Economía, Bruno Ferrari García de Alba.- Rúbrica.

NOTA:

Este Decreto publicado el 29/VI/2012(Circular G-259/12) quedó Abrogado a partir del 28 de diciembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el Art. SegundoTarifa 2020 VigenteTransitorio del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa del IGI para las mercancías originarias de la República de Colombia, DOF 27/XII/2020.










  
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