 |
| Sección: | VI | Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |
| Capítulo: | 32 | Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mastiques; tintas |
| Partida: | 3208 | Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la Nota 4 de este Capítulo. |
| SubPartida: | 320820 | - A base de polímeros acrílicos o vinílicos. |
| Fracción: | 32082099 | Los demás. |
| U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
| Importación | 15* | 15 | 10 |  |  |
| Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Capítulo 2 (Especificaciones) de la NOM-003-SSA1-1993
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004 ).
Los Centros Públicos de investigación contenidos en el "Acuerdo por el que se resectorizan las entidades paraestatales que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACYT", o que sean reconocidos por resolución en los términos del Art. 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, las Instituciones de Educación Superior (Universidades) Públicas y Privadas, los Institutos o Centros de Investigación Científica y Tecnológica, y las personas físicas y morales inscritas en el RENIECYT, podrán importar esta mercancía bajo la fracción arancelaria 9806.00.03 , exenta del pago de arancel, siempre y cuando obtengan el permiso previo de la SE en términos del “Acuerdo que establece los lineamientos para la importación de mercancías destinadas para investigación científica y tecnológica, y desarrollo tecnológico”, publicado el 7/VI/2006.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |