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| Sección: | V | Productos minerales |  | Capítulo: | 27 | Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales |  | Partida: | 2714 | Betunes y asfaltos naturales; pizarras y arenas bituminosas; asfaltitas y rocas asfálticas. |  | SubPartida: | 271490 | - Los demás. |  | Fracción: | 27149001 | Betunes y asfaltos naturales. |  
RESTRICCIONES:| U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |  | Importación | 7* | 15 | 10 |  |  |  | Exportación | Ex.* |  |  |  |  |  En Importación:
 
 En Exportación:
 ANEXOS:
 
 
 CUPOS:
 Para Importar de:
 
 Para Exportar a:
 
 
 OBSERVACIONES:
 Generales:
 
 En Importación:
 * Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre del 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006
  ). Los Centros Públicos de investigación contenidos en el "Acuerdo por el que se resectorizan las entidades paraestatales que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACYT", o que sean reconocidos por resolución en los términos del Art. 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, las Instituciones de Educación Superior (Universidades) Públicas y Privadas, los Institutos o Centros de Investigación Científica y Tecnológica,  y las personas físicas y morales inscritas en el RENIECYT, podrán importar esta mercancía bajo la fracción arancelaria 9806.00.03 , exenta del pago de arancel, siempre y cuando obtengan el permiso previo de la SE en términos del “Acuerdo que establece los lineamientos para la importación de mercancías destinadas para investigación científica y tecnológica, y desarrollo tecnológico”, publicado el 7/VI/2006. En Exportación:*Arancel aplicable a partir del 17 de agosto de 2002 (Art. Único DOF 16/VIII/2002
  ). 
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