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Sección: | IX | Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería. |
Capítulo: | 44 | Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera |
Partida: | 4403 | Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada. |
 |  | - Las demás, de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo: |
SubPartida: | 440349 | -- Las demás. |
Fracción: | 44034902 | De Swietenia macrophylla, Cedrella odorata o Cedrella mexicana, escuadradas. |
U. de Medida: M3 | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
Importación | 7* | Ex. | Ex. |  |  |
Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Certificado CITES o autorización SEMARNATe inspección PROFEPA(Unicamente cuando se trate de productos y subproductos derivados de las especies de vida silvestre del artículo 1del Acuerdo, que estén listadas en los apéndices de la CITES o en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y se destinen al régimen definitivo, temporal o depósito fiscalexcepto de Cedrella mexicana), Autorización Zoosanitaria SEMARNAT e inspección PROFEPA (Cuando se trate de productos y subproductos derivados de las especies de vida silvestre a que se refiere el Art. 3del Acuerdo, excepto de Cedrella mexicana)
En Exportación:
Certificado CITES o autorización SEMARNATe inspección PROFEPA(Unicamente cuando se trate de productos y subproductos derivados de las especies de vida silvestre del artículo 1del Acuerdo, que estén listadas en los apéndices de la CITES o en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y se destinen al régimen definitivo, temporal o depósito fiscalexcepto de Cedrella mexicana)ANEXOS:
Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.)
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre de 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006 ).
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
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