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Sección: | II | Productos del reino vegetal |
Capítulo: | 12 | Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje |
Partida: | 1202 | Cacahuates (cacahuetes, maníes) sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados. |
SubPartida: | 120220 | - Sin cáscara, incluso quebrantados. |
Fracción: | 12022001 | Sin cáscara, incluso quebrantados. |
U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
Importación | Ex. | Ex. | Ex. |  |  |
Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Certificado Fitosanitario SAGARPA (El Certificado se expide conforme al Art. 8del Acuerdo, previo cumplimiento de la NOM o de la HRF)
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.)
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
Estados Unidos: Del 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2007, dentro del arancel-cuota establecido para cacahuate originario de México, para efecto de lo dispuesto en en el Art. 302-4 del TLCAN (Acuerdo 29/XII/2004). El cupo para 2004 se publicó el 9/XII/2003. El cupo para 2003 se publicó el 18/XII/2002.
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
Nota 1: La importación de esta mercancía proveniente de Colombia, se sujetará a la preferencia arancelaria que se indica, respecto a la tasa arancelaria ad valorem prevista en el artículo 1 de la LIGIE, siempre que cumplan con lo establecido en la Resolución 252 de la ALADI (Art.5 del Decreto que establece la tasa aplicable a partir del 19 de noviembre de 2006 del IGI para las mercancías originarias de la República de Colombia, publicado el 17/XI/2006 ).
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |