 |
| Sección: | VI | Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |
| Capítulo: | 29 | Productos químicos orgánicos |
| Partida: | 2910 | Epóxidos, epoxialcoholes, epoxifenoles y epoxiéteres, con tres átomos en el ciclo, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. |
| SubPartida: | 291010 | - Oxirano (óxido de etileno). |
| Fracción: | 29101001 | Oxirano (óxido de etileno). |
| U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
| Importación | Ex.* | 15 | 10. |  |  |
| Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Autorización CICOPLAFEST,
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 17: Sólo se permitirá el tránsito internacional por territorio nacional, si los interesados cuentan con la autorización correspondiente para su movilización, expedida por la autoridad competente (R.G. 3.7.10)
Anexo 23: Cuando en el reconocimiento aduanero o segundo reconocimiento se requiera muestrear esta mercancía, por considerarse peligrosa o requerir instalaciones y/o equipos especiales, los importadores o exportadores deberán tomarla previamente y entregarla al A. A. quien la presentará al momento de efectuarse dichos reconocimientos (R.G. 2.6.11.)
Anexo 27: Cuando se destinen para usarse como fertilizante, plaguicida, herbicida, funguicida y abono, en la agricultura o ganadería, o para preparaciones farmacéuticas, estupefacientes, substancias psicotrópicas, antígenos y vacunas que puedan ser ingeridos, inyectados, inhalados o aplicados, directamente por el usuario, sin que se requiera mezclar con otras substancias o productos o sujetarse a un proceso industrial de transformación, su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.).
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Exenta de arancel a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004 ).
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |