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Sección: | XV | Metales comunes y manufacturas de estos metales |
Capítulo: | 82 | Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común |
Partida: | 8207 | Útiles intercambiables para herramientas de mano, incluso mecánicas, o para máquinas herramienta (por ejemplo: de embutir, estampar, punzonar, roscar (incluso aterrajar), taladrar, escariar, brochar, fresar, tornear, atornillar), incluidas las hileras de extrudir o de estirar (trefilar) metal, así como los útiles de perforación o sondeo. |
SubPartida: | 820730 | - Útiles de embutir, estampar o punzonar. |
Fracción: | 82073002 | Esbozos de matrices o troqueles, con peso igual o superior a 1,000 Kg, para el estampado de metales; y sus partes. |
U. de Medida: Pza | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
Importación | 7* | 15 | 10 |  |  |
Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre de 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006 ).
Fracción arancelaria creada mediante Decreto publicado el 31 de diciembre de 2003.
Las empresas PITEX y Maquila que al 30/XII/2003 hubiesen tenido autorizada para importar temporalmente en sus respectivos programas mercancía clasificable en la fracción arancelaria 8207.30.01, podrán considerar incorporada a los mismos, a partir del 31 de diciembre de 2003, la mercancía que se indica en esta fracción arancelaria, sin que se requiera autorización particular por parte de la SE (Acuerdo por el que la SE incorpora diversas mercancías a programas de fomento al comercio exterior, publicado el 27/I/2004).
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |