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| Sección: | V | Productos minerales |
| Capítulo: | 25 | Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos |
| Partida: | 2519 | Carbonato de magnesio natural (magnesita); magnesia electrofundida; magnesia calcinada a muerte (sinterizada), incluso con pequeñas cantidades de otros óxidos añadidos antes de la sinterización; otro óxido de magnesio, incluso puro. |
| SubPartida: | 251990 | - Los demás. |
| Fracción: | 25199003 | Óxido de magnesio electrofundido, con un contenido de óxido de magnesio inferio o igual a 98%. |
| U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |
| Importación | 10* | 15 | 10 |  |  |
| Exportación | Ex. |  |  |  |  |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
Fracción Arancelaria creada mediante Decreto publicado el 17 de marzo de 2005.
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre de 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006 ).
De conformidad con lo dispuesto en el Art. Cuarto Resolutivo del Decreto que modifica diversos aranceles de la Tarifa de la LIGIE, publicado el 17/III/2005 , esta fracción arancelaria se considerará incorporada a los Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación y de Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación, sin que se requiera autorización particular por parte de la SE, siempre que la fracción 2519.90.99 hubiese estado autorizada en sus respectivos programas.
Los Centros Públicos de investigación contenidos en el "Acuerdo por el que se resectorizan las entidades paraestatales que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACYT", o que sean reconocidos por resolución en los términos del Art. 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, las Instituciones de Educación Superior (Universidades) Públicas y Privadas, los Institutos o Centros de Investigación Científica y Tecnológica, y las personas físicas y morales inscritas en el RENIECYT, podrán importar esta mercancía bajo la fracción arancelaria 9806.00.03 , exenta del pago de arancel, siempre y cuando obtengan el permiso previo de la SE en términos del “Acuerdo que establece los lineamientos para la importación de mercancías destinadas para investigación científica y tecnológica, y desarrollo tecnológico”, publicado el 7/VI/2006.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |