Sección:IVProductos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborado
Capítulo:16Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos
Partida:1604Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado.
- Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado:
SubPartida:160414-- Atunes, listados y bonitos (Sarda spp.).
Fracción: 16041403Filetes (lomos) de barrilete del género Euthynnus variedad Katsowonus pelamis, excepto lo comprendido en la fracción 1604.14.04.
Frontera
.
Resto del Territorio
Franja
Region
.
UM: Kg
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Importación
20
Ex.*
Ex.*
Exportación
Ex.
0%
0%
.
.

OPINIÓN DEL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA (CCA-CAAAREM)


RESTRICCIONES:
A la Importación:
Autorización sanitaria previa de la COFEPRIS Únicamente cuando se destinen al consumo humano o para uso en los procesos de la industria de alimentos para consumo humano y se destinen a los regímenes aduaneros de importación definitiva, temporal o depósito fiscal. La autorización se presenta en términos del Art. 6del Acuerdo) ;

Capítulos 4 y 5 de la NOM-084-SCFI-1994(El importador debe cumplir lo dispuesto en el primer párrafo del Numeral 6del Anexo 2.4.1) ;

A la Exportación:



ANEXOS:
* Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (RGCE 5.2.3.)

CUPOS:
Para Importar de:
Guatemala: Del 1° de septiembre al 31 de diciembre de 2013 y del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año, atún siempre y cuando su presentación sea acondicionada para la venta al por menor, en lata, con un peso no mayor a 1 kg., libre de arancel, de conformidad con lo establecido en la Sección III A del Anexo 3.4 del TLC con Centroamérica (Acuerdo DOF 27/VIII/2013). El cupo del 1 de enero de 2008 al 31 de agosto de 2013, se publicó el 27/XII/2007. Este cupo se asignará en las representaciones federales de la SE (Regla 2.3.6.del Acuerdo por el que la SE emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior).

Para Exportar a:


Comunidad Europea: Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, lomos de atún, con el arancel preferencial establecido en la Decisión 2/2004y en el Anexo 1de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México (Acuerdo 17/II/2009). El carácter de exportador autorizado no podrá utilizarse tratándose de esta mercancía por estar sujeta a cupo, cuando se exporte a los países de la Comunidad Europea, ya que dicha operación requiere de la expedición de certificado de circulación de mercancías EUR1, Regla 2.6.2del "Acuerdo por el que la SE emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior".


OBSERVACIONES:
Generales:

En Importación:
Nota Guatemala: A partir del 1 de septiembre de 2013, la importación de atún, originario de Guatemala, estará exenta de arancel siempre y cuando su presentación sea acondicionada para la venta al por menor, en lata, con un peso no mayor a 1 kg. y se cuente con un certificado de cupo expedido por la SE. En caso contrario, se aplicará la tasa arancelaria prevista en el Art. 1 de la LIGIE (arancel general) (Art. 19Tarifa 2007 Vigente del Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, DOF 31/VIII/2012). El arancel aplicable del 1/julio/2012 al 31/agosto/2013 se dió a conocer en el Art. 8Tarifa 2007 Vigentedel Acuerdo publicado el 29/VI/2012).

Nota Panamá: A partir del 1° de julio de 2015, la importación de esta mercancía originaria de Panamá, estará sujeta a la tasa arancelaria prevista en el Art. 1o. de la LIGIE (arancel general), sin reducción arancelaria alguna, conforme a lo dispuesto en el Anexo 3.4“Programa de Eliminación Arancelaria” del TLC (Punto CuartoTarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Panamá, DOF 29/VI/2015).

Nota Perú: A partir del 1 de julio de 2012, la importación de esta mercancía originaria del Perú, estará sujeta a la desgravación arancelaria que se indica en la columna correspondiente y quedará exenta de pago de arancel a partir del 1 de enero de 2021 (Apéndice II Tarifa 2007 Vigentedel Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del IGI para las mercancías originarias de la República del Perú, DOF 29/VI/2012):

Del 1 de julio al 31 de diciembre
de 2012
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020
A partir del 1 de enero de
2021
18
16
14
12
10
8
6
4
2
Ex.

Nota Alianza del Pacifico: A partir del 1° de mayo de 2016, la importación de esta mercancía, originaria de Colombia, Chile y Perú, estará sujeta al arancel preferencial que se indica en la columna correspondiente para cada año y estará libre de arancel a partir del 1° de enero de 2020 (Punto 6Tarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de los países que forman la región de la Alianza del Pacífico, DOF 29/IV/2016):
Arancel del 1 de enero al 31 de diciembre del año respectivo
A partir del 1 de mayo 2016
2017
2018
2019
A partir de 2020
11.4
8.6
5.7
2.9
0.0


Nota Asociación Transpacífico: A partir del 30 de diciembre de 2018, la importación de esta mercancía, originaria de Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda y Singapur estará sujeta al arancel preferencial que se indica en la columna correspondiente para cada año y estará libre de arancel a partir del 1 de enero de 2033 (Punto Décimo SextoTarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de los países que conforman el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, DOF 30/XI/2018).
Arancel del 1 de enero al 31 de diciembre del año respectivo
A partir del 30 de diciembre 2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
2031
2032
A partir de 2033
20.0
20.0
20.0
20.0
20.0
18.1
16.3
14.5
12.7
10.9
9.0
7.2
5.4
3.6
1.8
0
A partir del 14 de enero de 2019, la importación de esta mercancía, originaria de Vietnam estará sujeta al arancel preferencial que se indica en la columna correspondiente para cada año y estará libre de arancel a partir del 1 de enero de 2034 (Punto Décimo SextoTarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de los países que forman la región del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, que corresponden a Vietnam, DOF 14/ I / 2019)
Arancel del 1 de enero al 31 de diciembre del año respectivo
A partir del 14 de enero al 31 de diciembre de 2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
2031
2032
2033
A partir de 2034
20.0
20.0
20.0
20.0
20.0
18.1
16.3
14.5
12.7
10.9
9.0
7.2
5.4
3.6
1.8
0


En Exportación:


ARANCEL HISTORICO:
En Importación:

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
T-MEC
E.U.A Tarifa 2007 Vigente
Canadá Tarifa 2007 Vigente
Com. EuropeaTarifa 2007 Vigente
IsraelTarifa 2007 Vigente
UruguayTarifa 2007 Vigente
JapónTarifa 2007 Vigente
Ex.
EX.
EXCL.
EXCL
EXCL
Ex.
IslandiaTarifa 2007 Vigente
NoruegaTarifa 2007 Vigente
SuizaTarifa 2007 Vigente
LiechtensteinTarifa 2007 Vigente
BoliviaTarifa 2007 Vigente
PanamáTarifa 2007 Vigente
EXCL
EXCL
EXCL
EXCL Art. 3 TLC
Ex.
Nota Panamá
Costa RicaTarifa 2007 Vigente
El SalvadorTarifa 2007 Vigente
GuatemalaTarifa 2007 Vigente
HondurasTarifa 2007 Vigente
NicaraguaTarifa 2007 Vigente
Ex.
EXCL.
EXCL. Nota Guatemala
EXCL.
Ex.
ColombiaTarifa 2007 Vigente
ChileTarifa 2007 Vigente
PerúTarifa 2007 Vigente
Ex.
Ex.
Nota Perú
Con Alianza del PacificoTarifa 2007 Vigente
Comunidad Europa Tarifa 2007 Vigente
Colombia
Chile
Perú
República de San Marino
Principado de Andorra
Nota Alianza del Pacifico
Nota Alianza del Pacifico
Nota Alianza del Pacifico
EXCL.
EXCL
Integral y Progresista de Asociación Transpacifíco Tarifa 2007 Vigente Tarifa 2007 Vigente
Australia
Canadá
Japón
Nueva Zelanda
Singapur
Vietnam
Nota Asociación Transpacifico

Nota Asociación Transpacifico
Nota Asociación Transpacifico
Nota Asociación Transpacifico
Nota Asociación Transpacifico
Nota Asociación Transpacifico
ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI)
Acuerdo Regional
No.2
(Ecuador)

Acuerdo Regional
No.3
(Paraguay)

Acuerdo Regional
No.4
(Paraguay, Ecuador, Cuba,
Panamá, Argentina
y Brasil)

Acuerdo Regional
No.7
(Argentina, Brasil, Colombia,
Perú, Uruguay, Paraguay,
Cuba, Ecuador, Chile, Bolivia y Panamá)

Acuerdo Parcial
No. 29
(Ecuador)

Acuerdo Parcial
No. 38
(Paraguay)

ACE No. 6
(Argentina)

ACE No. 51
(Cuba)

ACE No. 53
(Brasil)

ACE No. 54
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 55
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 61
(Colombia y Venezuela)

ACE No. 66
(Bolivia)
A partir del 7/junio/2010
Ex.

PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL

(PUBLICACIÓN DOF: 2/VIII/2002Tarifa 2002 Historica)

(MODIFICACIONES DOF: 4/IX/2002Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2002Tarifa 2002 Historica, 10/VII/2003Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2003Tarifa 2002 Historica, 23/III/2004Tarifa 2002 Vigente, 2/XII/2004Tarifa2002, 28/XII/2004Tarifa2002, 03/I/2005Tarifa 2002 Vigente, 17/III/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/IX/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/XII/2005Tarifa 2002 Vigente, 20/I/2006Tarifa 2002 Vigente, 5/IX/2006Tarifa 2002 Vigente, 27/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 28/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 30/VI/2007Tarifa 2002 Historico, 03/IX/2007Tarifa 2002 Historico, 27/XII/2007Tarifa 2002 Historica, 04/III/2008Tarifa 2002 Historica, 27/V/2008Tarifa 2002 Historica, 16/XII/2009Tarifa 2002 Historica, 9/II/2010Tarifa 2002 Historica, 26/XII/2011 Tarifa 2002 Historica, 05/IX/2012Tarifa 2002 Historica, 29/XI/2012Tarifa 2002 Historica, 7/X/2015Tarifa 2002 Historica, 4/IV/2016Tarifa 2002 Historica, 28/VII/2016Tarifa 2002 Historica, 07/X/2016Tarifa 2002 Historica, 06/IV/2017Tarifa 2002 Historica, 17/X/2017Tarifa 2002 Historica, 5/VI/2018Tarifa 2002 Historica,25/III/2019Tarifa 2002 Historica, 10/IV/2019Tarifa 2002 Historica, 20/IX/2019Tarifa 2002 Historica )

I
Eléctrica
II
Electrónica
III
Muebles
IV
Juguetes y Deportes
V
Calzado
VI
Minería y Metalúrgica
VII
Bienes de Capital
VIII
Fotográfica
IX
Maquinaria Agrícola
X
Diversas
XI
Química
XII
Caucho y Plástico
XIII
Siderúrgica
XIV
Fármacos y Medicinas
XV
Transporte
XVI
Papel y Cartón
XVII
Madera
XVIII
Cuero y Pieles
XIX
Automotriz y Autopartes
XX
Textil y Confección
XXI
Chocolates
y Dulces
XXII
Café
.XXIII
Alimentaria
.XXIV
Fertilizantes
.
.

  
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