Sección:IVProductos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborado
Capítulo:16Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos
Partida:1601Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.
SubPartida:160100Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.
Fracción: 16010001De gallo, gallina o pavo (gallipavo).
Frontera
.
Resto del Territorio
Franja
Region
.
UM: Kg
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Importación
15
Ex.*
Ex.*
Exportación
Ex.
0%
0%
.
.

OPINIÓN DEL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA (CCA-CAAAREM)


RESTRICCIONES:
A la Importación:
¡¡ IMPORTANTE !! SENASICA da a conocer que se prohíbe la importación de esta mercancía cuando sea procedente de los Ángeles, San Bernardino, Riverside, y Ventura California, por un nuevo brote de Newcastle (Circular G-140/18). Para mayor referencia consulta la App Guía T-SENASICA (Circular T-146/18).

Certificado Zoosanitario del SENASICA (El Certificado se otorga en términos del Punto Séptimo del Acuerdo) (El cumplimiento del Certificado Zoosanitario debe ser exigible a los 10 días hábiles siguientes al 11/III/2013, Art. ÚnicoTransitorio) ;

NOM-051-SCFI/SSA1-2010(El importador podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el segundo párrafo del Numeral 6del Anexo 2.4.1 para comprobar el cumplimiento de la NOM) ;

¡¡ IMPORTANTE !! Como se recordará, en la Circular G-35/15, SENASICA dio a conocer medidas precautorias para importar esta mercancia, cuando fuera originaria de algunos estados de los EUA, debido que se estaban presentando brotes de influenza aviar. Al respecto, en la Circular T-90/16da a conocer que se levantan dichas medidas precautorias, excepto para Indiana, por lo que ya se hicieron las adecuaciones correspondientes en el Módulo de Consulta de Requisitos Zoosanitarios del SENASICA para su importación.


A la Exportación:

ANEXOS:
* Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (RGCE 5.2.3.)

CUPOS:
Para Importar de:

Para Exportar a:


OBSERVACIONES:
Generales:

En Importación:
Cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la SE, el arancel-cupo aplicable a esta mercancía será de $0.01 x ton. (Art. 5Tarifa 2007 Vigentedel Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la LIGIE, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de PROSEC y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza)

URGENTE¡ La SAGARPA prohibe las importaciones de este producto originario y proveniente de E.U.A. de los siguientes condados:

  • De Meeker (Edo. de Minesota), a partir del 10/agosto/2009. Únicamente se permitirá la importación de animales sacrificados de dicho condado antes del 5/julio/2009, tal y como se indica en la hoja de requisitos señalada en la Circular T-0188/09;
  • De Giles y Lincoln (Edo. de Tennessee), a partir del 18/mayo/2009. Únicamente se permitirá la importación del condado de Giles de animales sacrificados antes del 3/mayo/2009 y para Lincoln los sacrificados antes del 10/abril/2009, tal y como se indica en la hoja de requisitos señalada en la Circular T-0110/09; Dichos requisitos aparecen en la página WEB del SENASICA.

Esta fracción arancelaria quedó eliminada del Art. Segundo del Acuerdo de SAGARPA, a partir 3 de septiembre de 2012 (Art. Segundo Transitorio del Acuerdo publicado el 3/IX/2012).

Nota Uruguay: La importación de esta mercancía, originaria de la región conformada por México y Uruguay, esta sujeta a la preferencia arancelaria del 28% (Art. 10Tarifa 2007 Vigente del Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del IGI para las mercancías originarias de la República Oriental del Uruguay, DOF 29/VI/2012).

Nota Colombia: A partir del 1 de julio de 2012, la importación de esta mercancía proveniente de Colombia se sujeta a la preferencia arancelaria del 28%, respecto a la tasa arancelaria ad valorem prevista en el Art. 1 de la LIGIE (arancel general), siempre que cumpla con lo establecido en la Resolución 252 de la ALADI (Art. 4Tarifa 2007 Vigentedel Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del IGI para las mercancías originarias de la República de Colombia, DOF 29/VI/2012).

Nota Costa Rica: A partir del 1 de julio de 2013, la importación de esta mercancía originaria de Costa Rica, estará sujeta a la desgravación arancelaria que se indica en la columna correspondiente (Art. 10Tarifa 2007 Vigentedel Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, DOF 21/VI/2013):

A partir del 1 de julio al 31 de diciembre de 2013
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020
10.0
7.5
5.0
2.5
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.

Nota Panamá: A partir del 1° de julio de 2015, la importación de esta mercancía, originaria de Panamá, estará sujeta al arancel preferencial que se indica en la columna correspondiente para cada año (Punto NovenoTarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Panamá, DOF 29/VI/2015):
Arancel del 1 de enero al 31 de diciembre del año respectivo
A partir del 1 de julio 2015
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
A partir de 2026
13.75
12.50
11.25
10
8.75
7.50
6.25
5
3.75
2.50
1.25
Ex.
Ahora bien, tratándose de salchichas tipo (<Vienna Sausages>) de gallo, gallina, su importación estará sujeta al arancel preferencial que se indica en la columna correspondiente para cada año (Punto SextoTarifa 2007 Vigentey Apéndice ITarifa 2007 Vigentedel Acuerdo que da a conocer la Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Panamá, DOF 29/VI/2015):
A partir del 1 de julio al 31 de diciembre de 2015
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018
A partir de 2019
12
9
6
3
Ex.


En Exportación:


ARANCEL HISTORICO:
En Importación:

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
T-MEC
E.U.A Tarifa 2007 Vigente
Canadá Tarifa 2007 Vigente
Com. EuropeaTarifa 2007 Vigente
IsraelTarifa 2007 Vigente
UruguayTarifa 2007 Vigente
JapónTarifa 2007 Vigente
Ex.
EXCL
EXCL.
EXCL
Nota Uruguay
EXCL
IslandiaTarifa 2007 Vigente
NoruegaTarifa 2007 Vigente
SuizaTarifa 2007 Vigente
LiechtensteinTarifa 2007 Vigente
BoliviaTarifa 2007 Vigente
PanamáTarifa 2007 Vigente
EXCL
EXCL
EXCL
EXCL Art. 3 TLC
Ex.
Nota Panamá
Costa RicaTarifa 2007 Vigente
El SalvadorTarifa 2007 Vigente
GuatemalaTarifa 2007 Vigente
HondurasTarifa 2007 Vigente
NicaraguaTarifa 2007 Vigente
Nota Costa Rica
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
ColombiaTarifa 2007 Vigente
ChileTarifa 2007 Vigente
PerúTarifa 2007 Vigente
Nota Colombia
Ex.
EXCL
Con Alianza del PacificoTarifa 2007 Vigente
Comunidad Europa Tarifa 2007 Vigente
Colombia
Chile
Perú
República de San Marino
Principado de Andorra
Ex.
Ex.
Ex.
EXCL.
EXCL
Integral y Progresista de Asociación Transpacifíco Tarifa 2007 Vigente Tarifa 2007 Vigente
Australia
Canadá
Japón
Nueva Zelanda
Singapur
Vietnam
Ex.

Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
Ex.
ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI)
Acuerdo Regional
No.2
(Ecuador)

Acuerdo Regional
No.3
(Paraguay)

Acuerdo Regional
No.4
(Paraguay, Ecuador, Cuba,
Panamá, Argentina
y Brasil)

Acuerdo Regional
No.7
(Argentina, Brasil, Colombia,
Perú, Uruguay, Paraguay,
Cuba, Ecuador, Chile, Bolivia y Panamá)

Acuerdo Parcial
No. 29
(Ecuador)

Acuerdo Parcial
No. 38
(Paraguay)

ACE No. 6
(Argentina)

ACE No. 51
(Cuba)

ACE No. 53
(Brasil)

ACE No. 54
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 55
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

ACE No. 61
(Colombia y Venezuela)

ACE No. 66
(Bolivia)
A partir del 7/junio/2010
Ex.

PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL

(PUBLICACIÓN DOF: 2/VIII/2002Tarifa 2002 Historica)

(MODIFICACIONES DOF: 4/IX/2002Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2002Tarifa 2002 Historica, 10/VII/2003Tarifa 2002 Historica, 31/XII/2003Tarifa 2002 Historica, 23/III/2004Tarifa 2002 Vigente, 2/XII/2004Tarifa2002, 28/XII/2004Tarifa2002, 03/I/2005Tarifa 2002 Vigente, 17/III/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/IX/2005Tarifa 2002 Vigente, 07/XII/2005Tarifa 2002 Vigente, 20/I/2006Tarifa 2002 Vigente, 5/IX/2006Tarifa 2002 Vigente, 27/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 28/XI/2006Tarifa 2002 Vigente, 30/VI/2007Tarifa 2002 Historico, 03/IX/2007Tarifa 2002 Historico, 27/XII/2007Tarifa 2002 Historica, 04/III/2008Tarifa 2002 Historica, 27/V/2008Tarifa 2002 Historica, 16/XII/2009Tarifa 2002 Historica, 9/II/2010Tarifa 2002 Historica, 26/XII/2011 Tarifa 2002 Historica, 05/IX/2012Tarifa 2002 Historica, 29/XI/2012Tarifa 2002 Historica, 7/X/2015Tarifa 2002 Historica, 4/IV/2016Tarifa 2002 Historica, 28/VII/2016Tarifa 2002 Historica, 07/X/2016Tarifa 2002 Historica, 06/IV/2017Tarifa 2002 Historica, 17/X/2017Tarifa 2002 Historica, 5/VI/2018Tarifa 2002 Historica,25/III/2019Tarifa 2002 Historica, 10/IV/2019Tarifa 2002 Historica, 20/IX/2019Tarifa 2002 Historica )

I
Eléctrica
II
Electrónica
III
Muebles
IV
Juguetes y Deportes
V
Calzado
VI
Minería y Metalúrgica
VII
Bienes de Capital
VIII
Fotográfica
IX
Maquinaria Agrícola
X
Diversas
XI
Química
XII
Caucho y Plástico
XIII
Siderúrgica
XIV
Fármacos y Medicinas
XV
Transporte
XVI
Papel y Cartón
XVII
Madera
XVIII
Cuero y Pieles
XIX
Automotriz y Autopartes
XX
Textil y Confección
XXI
Chocolates
y Dulces
XXII
Café
.XXIII
Alimentaria
.XXIV
Fertilizantes
.
.

  
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