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| Sección: | VI | Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |  | Capítulo: | 38 | Productos diversos de las industrias químicas |  | Partida: | 3822 | Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, excepto los de las partidas 30.02 o 30.06; materiales de referencia certificados. |  | SubPartida: | 382200 | - Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, excepto los de las partidas 30.02 o 30.06; materiales de referencia certificados. |  | Fracción: | 38220004 | Juegos o surtidos de reactivos de diagnóstico, para las determinaciones en el laboratorio de química clínica, excepto lo comprendido en las fracciones 3822.00.01 y 3822.00.03. |  
RESTRICCIONES:| U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. |  |  |  | Importación | 10* | 15 | 10 |  |  |  | Exportación | Ex. |  |  |  |  |  En Importación:
 Copia del registro sanitario SS (Unicamente cuando se destinen a importación definitiva, temporal o depósito fiscal, para el diagnóstico, tratamiento, prevención o rehabilitación de enfermedades en humanos. La copia deberá presentarse conjuntamente con el pedimento aduanal)
 En Exportación:
 
 ANEXOS:
 
 
 CUPOS:
 Para Importar de:
 Argentina: En el periodo del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013, originarios y provenientes de Argentina, con la preferencia arancelaria establecida en los Arts. primero y tercero del Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al ACE No. 6 (Art. Tercero Transitorio del Acuerdo del 14/II/2007) (Circular G-046/2007).
 Para Exportar a:
 
 OBSERVACIONES:
 Generales:
 
 En Importación:
 * Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre de 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006
  ). Nota 1: Tratándose de medicamento oftálmico a base de tira de papel filtro whatman prueba para evaluar la cantidad de lágrima producida en el ojo humano y de reactivo para detección de embarazo en tira reactiva, contenida en un estuche o dispositivo de plástico para su venta en farmacias presentación prueba individual, originarios de la Comunidad Europea, su importación estará exenta de arancel del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006 (Art. 9 del Decreto que establece la tasa aplicable para el 2006 del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, la AELC, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado el 29 de diciembre de 2005) En Exportación:
 
 Tratados de Libre Comercio 
  Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |